Los fundamentos de dicho decreto expresados en sus considerandos fueron básicamente en razón de la crisis laboral existente y la necesidad de lograrse un acuerdo básico a fin de evitar un creciente deterioro económico y social en el tejido productivo de la Argentina.
La precitada medida impactó por cierto en las relaciones jurídicas regidas entre empleadores y trabajadores al amparo de la ley de contrato de trabajo y entre ellos muchos trabajadores regidos por las mismas normas pero bajo la estructura descentralizada del Estado, incluyendo a los denominados “funcionarios políticos” (V. gr. sociedades del Estado, UIF, etc.).
Todo parece indicar que la medida propiciada por el Ejecutivo, no tuvo en miras salvaguardar la posición de coordinación y dirección de empleados de la gestión pasada, pero no es menos cierto que a los mismos les asiste el derecho a la doble indemnización.